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07/11/2021

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PBA - Inmobiliario

Deudas. Su eximición. Requisitos

PROVINCIA DE BUENOS AIRES. LEY Nro.15.307/21 - Impuesto Inmobiliario. Extinción de pleno derecho de las deudas para determinadas actividades. Procedimiento. ... Leer más ...

PBA - Inmobiliario

PROVINCIA DE BUENOS AIRES (PBA)

LEY 15.307 (P.B.A.)

La Plata, 2 de Noviembre de 2021 - B.O. PBA: 4/11/2021 - Vigencia: 10/11/21

Impuesto Inmobiliario. Extinción de pleno derecho de las deudas para determinadas actividades. Procedimiento.

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dispuso la extinción de pleno derecho de las deudas por impuesto inmobiliario, con sus intereses y multas, para diversas actividades comerciales. 

Se hizo tras la sanción de la Ley 15.307 en la Cámara de Diputados y Senadores de la Legislatura bonaerense.

La medida, que se oficializó a través del Boletín Oficial mediante el decreto 985/2021, beneficiará a las siguientes actividades

- alojamiento, servicios de hospedaje-alquiler/explotación de inmuebles, 
- guarderías-jardines maternales, 
- parques de diversiones, 
- parques temáticos, 
- acondicionamiento físico, 
- salones de baile, 
- discotecas.

En ese sentido, la nueva ley comprenderá a las deudas y sujetos mencionados en el mismo que resulten, al 30 de septiembre de 2021, propietarios, usufructuarios, superficiarios o poseedores a título de dueño, de inmuebles ubicados en las plantas urbana edificada, urbana baldía, rural y subrural.

Asimismo, la extinción de deudas dispuesta alcanzará aún a las que hubieran sido incluidas en regímenes de regularización, respecto de los montos que se hallaran pendientes de cancelación.

Por otro lado, en el documento se detalló que los pagos que hubieran sido realizados con relación a las deudas alcanzadas por la extinción de pleno derecho establecida en la Ley 15.307, generarán un crédito a favor del beneficiario de esta, “el cual podrá ser compensado con otras obligaciones, imputado o repetido”.

De esta manera, en el decreto se precisó como autoridades de aplicación competentes a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de Jefatura de Gabinete de Ministros Bonaerense y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires.
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