14/05/2018
Sec. de Comercio: Res. 281/18
Bicicletas.
BICICLETAS. Neumáticos. Establécese que sólo se podrán comercializar, en todo el territorio nacional, las cubiertas y cámaras neumáticas para uso en bicicletas que cumplan con los requisitos técnicos de calidad que, con el fin de garantizar la seguridad, se detallan en el Anexo I de la presente.